La comisión de Turismo y Deportes, que preside Gisela Valdez (UCR), otorgó despacho favorable a una iniciativa de César Cattaneo (UCR), que promueve regular la formación y ejercicio profesional de los guardavidas en la provincia, estableciendo requisitos de habilitación, condiciones laborales y obligaciones. El objetivo primordial radica en establecer pautas normativas innovadoras para el ejercicio de la profesión, con matriculaciones habilitantes.
La iniciativa dispone que la presencia de guardavidas es obligatoria en todo espejo de agua, sea de carácter recreativo o deportivo, exigencia que abarca tanto a instituciones públicas como privadas, “independientemente de que operen con o sin fines de lucro, siempre que sus instalaciones estén habilitadas”.
Además, propone la creación de un Registro Provincial de Guardavidas, el que deberá estar digitalizado y de acceso público en las plataformas correspondientes de la autoridad de aplicación, se renovará anualmente, y se deberá otorgar un comprobante de renovación al titular del registro.
Por otra parte, establece que quien se desempeñe como guardavidas debe cumplir con una serie de requisitos para acceder al Registro, tales como ser mayor de edad; poseer título de guardavidas, expedido por instituciones nacionales o provinciales - de carácter público o privado - registradas y reconocidas por el Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y DGE, o el que en el futuro lo reemplace; no registrar sanciones que lo inhabiliten para el desempeño de la función; certificado de antecedentes penales, y tener aprobadas las pruebas de suficiencia, exigidas anualmente por la autoridad de aplicación, de acuerdo a las disposiciones vigentes.
Entre sus obligaciones se encuentran la prevención de accidentes que pongan en riesgo la integridad física de las personas; orientar y dar seguridad a las personas; atender situaciones de emergencia, dando el correspondiente aviso a las autoridades sanitarias o con competencia en materia de seguridad; ejecutar técnicas de rescate acuático necesarias para llegar hasta la víctima, estabilizarla y sacarla de la condición de peligro, sin poner en riesgo su vida ni la de otras personas, cumpliendo los protocolos de salvamento acuático actualizado.
Asimismo, suministrar los primeros auxilios de emergencia necesarios para mantener la vida de la víctima hasta que llegue la asistencia especializada; vigilar las zonas de su área de responsabilidad e informar sobre los peligros para la salud, la seguridad y el bienestar propio, del público a su cargo, y colaborar con la protección del ambiente acuático, su flora y fauna; además, cada Guardavidas deberá contar con un Libro de Aguas personal e intransferible, en el cual debe llevar el registro de las tareas y acontecimientos durante el desarrollo su labor, entre otros.
En los fundamentos de la normativa de Cattaneo, se expresa que tiene por objeto “establecer pautas normativas innovadoras y modernas para el ejercicio de la profesión de guardavidas”, ponderando las “características climáticas naturales de nuestra provincia” que “atraen turistas, como también personas locales, que buscan ámbitos de recreación en las épocas estivales, período en el cual el ejercicio de la profesión de guardavidas cobra mayor relevancia”.
Destaca al guardavida como “un agente profesional capacitado para prevenir, supervisar y asistir en situaciones de riesgo acuático, brindando rescate y primeros auxilios”, y por lo tanto, “dada la importancia de su labor (…) que puede significar la diferencia entre la vida y la muerte, es fundamental contar con un marco jurídico local que regule sus responsabilidades y proteja sus derechos laborales”.
Asimismo, los fundamentos de la normativa propuesta resaltan que se “busca garantizar la formación, matriculación y supervisión adecuada, estableciendo lineamientos curriculares que aseguren un desempeño eficiente y homogéneo en toda la provincia, con el respaldo de un Estado presente. La confección y el diseño de este proyecto se sustenta, por un lado, en las características locales de la formación de guardavidas y los espejos de agua, y por otro lado, en el antecedente de la Ley Nacional N° 27.155, que sirve como guía y orientación para el ejercicio de esta profesión”.
Durante la reunión en la comisión, se destacaron puntos relevantes del proyecto y subrayaron que “tiene un articulado bien desarrollado, y es un tema importante; esta actividad necesita de un marco legal”. Se sostuvo, además, que quienes integran la comisión alcanzaron los acuerdos.
El diputado César Cattaneo (UCR), en reuniones pasadas, se explayó en torno a los puntos relevantes de esta propuesta. Indicó que en distintas reuniones con profesores de educación física se estudió la normativa legal nacional (Nº 27.155), que necesita precisiones para la actividad por la propia geografía de Mendoza y porque es muy diferente el abordaje en salvataje, por ejemplo, en aguas abiertas o natatorios cerrados. “No es lo mismo la costa del Atlántico que un espejo de agua en Mendoza, por eso es necesario definir las diferencias y precisar la legislación. Necesita particularidades la Ley Nacional”, remarcó.
En esa oportunidad, añadió Cattaneo que se realizan capacitaciones en salvataje a los profesores de educación física en épocas de menor demanda laboral y que “la escuela de guardavidas de Mendoza es una de las más importantes en el país”.