Regulan por Ley el transporte y tratamiento final de efluentes

La iniciativa impulsada por Érica Pulido y Ricardo Tribiño (UCR), tenía media sanción de Diputados y fue modificada en Senado. La propuesta crea además un Registro Provincial de Transportistas de Efluentes Cloacales e Industriales y un sistema de manifiesto de carga para asegurar la trazabilidad.

La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto impulsado por Érica Pulido y Ricardo Tribiño (UCR), que regula el transporte y tratamiento final de efluentes. Esta iniciativa, que contaba con media sanción de Diputados, fue modificada durante su tratamiento en Senado por lo que volvió en segunda revisión. En ese sentido, los cambios propuestos son, fundamentalmente, en cuanto a que los efluentes industriales deberán venir pre tratados de origen.

Se dispone para ello que todo efluente industrial deberá contar con un sistema de pretratamiento interno en el establecimiento generador antes de su transporte, garantizando que sea compatible con los parámetros de la planta de destino. Asimismo, se eliminan los incisos C y G del régimen sancionatorio previsto en el artículo 23°.

La iniciativa establece los requisitos y el régimen de control aplicable a todas las personas humanas o jurídicas intervinientes en dichas actividades, definiendo los distintos tipos de efluentes, los roles de generadores, transportistas y operadores de servicio, siendo el Departamento General de Irrigación la autoridad de aplicación encargada de fiscalizar, habilitar y controlar el funcionamiento del sistema.

Entre los principales puntos, la propuesta crea el Registro Provincial de Transportistas de Efluentes Cloacales e Industriales, en el que deberán inscribirse todas las personas humanas o jurídicas que presten servicios mediante camiones atmosféricos. Además, establece un sistema de manifiesto de carga con carácter de declaración jurada, que permitirá garantizar la trazabilidad de los efluentes desde su origen hasta su disposición final.

Asimismo, prevé la implementación de sistemas de monitoreo y geolocalización de los vehículos habilitados, con el objetivo de reforzar los controles y prevenir prácticas irregulares que puedan generar riesgos ambientales o sanitarios.

Esta Ley también fija normas para el funcionamiento de las plantas de tratamiento y los puntos de descarga autorizados; determina responsabilidades específicas para generadores, transportistas y operadores, y establece un régimen de sanciones que contempla apercibimientos, multas, suspensiones, clausuras y decomisos en casos de incumplimiento.

Al respecto, la autora del proyecto destaca en la fundamentación que “la Ley 5917 de Residuos Peligrosos y la 5961 de preservación del ambiente, proporcionan marcos legales para la gestión ambiental y la seguridad, respectivamente. Estos marcos normativos pueden servir como fundamentos para la creación de una Ley destinada a regular la actividad de los camiones atmosféricos en la provincia”.

Por tanto, sostiene la necesidad de una legislación “que regule la actividad de los camiones atmosféricos, el abordaje de varios aspectos claves, incluyendo la protección del ambiente, la salud pública, la seguridad vial, y el ordenamiento del sector”, añadiendo que  en definitiva, “la regulación de los camiones atmosféricos busca garantizar la seguridad, la salud y la protección ambiental mediante la implementación de una normativa específica para esta actividad”.

Debate

La diputada Érica Pulido (UCR), explicó que se establece “regular la actividad de recolección, transporte y disposición final de los efluentes tanto industriales como cloacales”, remarcando que el proyecto ya había obtenido la media sanción de esta Cámara y que regresó del Senado “con 3 modificaciones muy puntuales que vienen a fortalecer la aplicación de este proyecto y no alterar el espíritu original”.

La legisladora puntualizó sobre un agregado realizado a uno de los artículos al manifestar que se establece “la obligación de que todo efluente industrial cuente con un sistema de pretratamiento en origen; con lo cual se garantiza que los efluentes que sean trasladados por estos camiones atmosféricos estén adecuados ya con los parámetros exigidos en las plantas de tratamiento”. A su vez, prohíbe “la recolección de todos los efluentes industriales que no cuenten con este pretratamiento”.

Para terminar, mencionó que la última modificación se refiere a lo contemplado en el proyecto sobre “la suspensión y la clausura del operador”; que las correcciones realizadas no implican “una flexibilización del régimen de sanciones, sino todo lo contrario, es una adecuación necesaria para evitar no afectar la continuidad del servicio”, lo que “garantiza que sea una prestación esencial la de los operadores”.

En tanto, el diputado Edgardo Civit Evans (PJA) adelantó la adhesión de su espacio asegurando que “fue en su momento aprobado por la Cámara de Diputados, fue en revisión al Senado en donde se le efectuaron un par de modificaciones que no alteran la esencia del proyecto. Es por ello que, estando en un todo de acuerdo y ratificándose lo manifestado oportunamente por esta Cámara, vamos a apoyar y solicitamos el apoyo del resto de los diputados”.

 


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